Una de las constantes más curiosas que estuvieron presentes
en la tramitación del Estatuto de Nuria (1932) y en el “nou estatut” que se
empezó a gestar en 2003 y que está en el origen de la “crisis independentista”
de 2010-2017, es que las mismas palabras implican contenidos diferentes para
quienes las utilizan. Por ejemplo, cuando se alude a “estatuto de autonomía”,
el gobierno del Estado entiende que se trata de “descentralizar” la
administración, mientras que los nacionalistas e independentistas entienden que
de lo que se trata es de crear un Estado “autónomo” que hable de tú a tú con el
Estado Español…
¿Y EL ESTATUTO DE SAU
O ESTATUTO DE 1979?
¿Y qué ocurre con el Estatuto de Sau, el que restableció la
Generalitat en 1979? Bueno… aquí hubo una sensible diferencia: fue el producto
de la negociación entre el Estado y las “fuerzas políticas catalanas” en las
que el primero ofreció a las segundas el poder tener el peso decisivo en el
momento en el que no existieran mayorías absolutas a nivel nacional. Los
nacionalistas de entonces –que seguían siendo una minoría dentro del conjunto
de fuerzas políticas catalanas, todavía bajo hegemonía de la izquierda (que
había protagonizado lo esencial de la lucha contra el franquismo) y del
centro-derecha (que incluía a lo esencial del franquismo reconvertido)- se
vieron obligados a aceptar esto, previendo que tenían por delante un largo
recorrido para lo que ellos llamaban “fer país” (hacer país: esto es, dedicarse
a reforzar la cultura nacionalista, extenderla a todos y crear una sociedad
civil nacionalista que, en décadas venideras pudiera imponer sus condiciones al
Estado).
De ahí la ecléctico del Estatuto de 1979. Pero aún así, lo importante no era el
texto en sí, sino cómo se aplicara. Los nacionalistas entendían que la “cooficialidad”
lingüística aludía al resto del Estado, mientras que el Estado pretendía que se
produjera en Cataluña. Al menos, inicialmente… porque cuando, Felipe González o
Aznar precisaron el concurso de los votos de CiU para seguir gobernando el
Estado, realizaron todas las concesiones que exigió Pujol.
Una vez más, la ignorancia histórica de la generación que
realizó la transición, acarreó el gran equívoco que benefició a los
nacionalistas. En efecto, de haber sabido lo que el nacionalismo entendía por “estatuto
de autonomía”, probablemente el texto que se aprobó en 1978 hubiera sido mucho
más concreto y específico.
UNA PALABRA Y DOS
SIGNIFICADOS: “ESTATUTO DE AUTONOMÍA”
Cuando Macià proclamó el “República Catalana” en la mañana del 14 de abril de 1931 desde el “antic
Palau de la Generalitat”, el gesto no gustó a los republicanos que habían
firmado el Pacto de San Sebastián unos meses antes: eso no era lo acordado (y
lo sabían perfectamente porque allí estuvieron Aiguarder (luego alcalde de
Barcelona y notorio masón), Carrasco i Formiguera y Macià Mallol que actuaron
en nombre, respectivamente de Estat Catalá, Acción Catalana y Acción
Republicana de Catalunya. Firmaron el
acuerdo y Alcalá Zamora, se comprometió, a cambio, a “resolver el problema
catalán”.
A partir de ese momento, “República” e “independentismo” quedaron unidos. Y lo más sorprendente: a pesar de la catalanidad de la Lliga Regionalista, la recién constituida ERC (surgida de la fusión de Estat Catalá, Partido Republicano Catalán de Macià y el grupo L’Opinió (de Lluhí i Vallescá), basó su éxito electoral en el eslogan: “Macià Si, Cambó no” (que en la calle se tradujo como “Visca Macià, que mori Cambó”…).
A partir de ese momento, “República” e “independentismo” quedaron unidos. Y lo más sorprendente: a pesar de la catalanidad de la Lliga Regionalista, la recién constituida ERC (surgida de la fusión de Estat Catalá, Partido Republicano Catalán de Macià y el grupo L’Opinió (de Lluhí i Vallescá), basó su éxito electoral en el eslogan: “Macià Si, Cambó no” (que en la calle se tradujo como “Visca Macià, que mori Cambó”…).
En las elecciones municipales de abril se produjo el “surpasso”
de la Lliga por parte de la recién constituida ERC que en Barcelona obtuvo el
doble de concejales que el catalanismo conservador.
DE LA REPÚBLICA DE
LOS 3 DÍAS, A LA DE LOS 5 SEGUNDOS, PASANDO POR LA DE LAS 10 HORAS.
Amparado en estos resultados (más o menos sin confirmar en
el marasmo de aquellas primeras horas posteriores a las elecciones), Companys
proclamó a primera hora del 14 de abril la República… y Macià, unas horas
después, el “Estado Catalán dentro de la Repúblico Federal Ibérica”, lo cual es
aun más curioso, teniendo en cuenta que ambos militaban en ERC… Al día
siguiente, Macià formó su “gobierno de la República Catalana”. Hubo que esperar
al 18 de abril para que llegaran de Madrid, Marcelino Domingo, Nicolau d’Olwer
y Fernando de los Ríos (los tres, prominentes masones) logrando que Macià renunciara
a la “república catalana y al Estado Federal”. En compensación redactaron el
Estatut d’Autonomía.
Macià salvó la cara, alegando a toro pasado que la proclamación de la independencia el 14 de abril había sido "simbólica": ¿a que os suena?
Macià salvó la cara, alegando a toro pasado que la proclamación de la independencia el 14 de abril había sido "simbólica": ¿a que os suena?
La gracia estriba en que Macià, en nombre de “todos los
catalanes” proclamó la “República Catalana” ¡que nadie había votado!, olvidando
que era solamente el presidente de un partido recién constituido que, si bien
fue mayoritario en los primeros meses de la República, se debió a que la nueva
ley electoral ¡concedía el 75% de los escaños al partido que quedara en primer
lugar! En aquel momento, Macià salvó la cara afirmando que aquella primera
declaración había sido una “simbólica afirmación de soberanía nacional y del
ideario federalista”.
Aquella segunda “República Catalana” (la primera había sido
la proclamada por Clarís en el siglo XVII, antes de arrojarse en brazos de
Francia y pasar a formar parte del Reino galo) duró tres días. Mucho más, desde
luego, que el Estado Catalán nacido en la mañana del 6 de octubre de 1934 y
fenecida en la noche del mismo día, por no hablar de la proclama también “simbólica”
de la tercera “República Catalana” en octubre de 2017 cuya duración fueron,
poco más o menos, diez segundos, batiendo –también en esto- un record.
ESTATUTOS
NACIONALISTAS = CONSTITUCIONES DE LA NUEVA REPÚBLICA
Otro detalle sobre el que pueden formularse paralelismos es
en el hecho de que el Estatuto de Nuria, al menos el texto redactado por una
ponencia constituida por Pere Corominas, Jaume Carner, Rafael Campalans y Josep
Dencàs (los cuatro, dicho sea de paso y sin prejuzgar nada, masones en algún
momento de sus vidas) no era un “estatuto de autonomía” propiamente dicho, sino
más bien una constitución propia de un Estado independiente de tomo y lomo.
La intención de los ponentes era clara: lo que no habían conseguido materializar entre el 14 y el 18 de abril de 1931, lo conseguirían mediante la propuesta realizada por D’Olwer, Domingo y de los Ríos (los tres, igualmente masones… si lo resaltamos es, simplemente para hacer valer el hecho de que en sus primeros momentos, la Segunda República fue, de manera indiscutible, la “obra de la masonería”, lo que permite entender la obsesión que se puso en una legislación anti-religiosa que dominó sus dos primeros años de vida) en nombre del gobierno de la República.
La intención de los ponentes era clara: lo que no habían conseguido materializar entre el 14 y el 18 de abril de 1931, lo conseguirían mediante la propuesta realizada por D’Olwer, Domingo y de los Ríos (los tres, igualmente masones… si lo resaltamos es, simplemente para hacer valer el hecho de que en sus primeros momentos, la Segunda República fue, de manera indiscutible, la “obra de la masonería”, lo que permite entender la obsesión que se puso en una legislación anti-religiosa que dominó sus dos primeros años de vida) en nombre del gobierno de la República.
En el preámbulo de aquel anteproyecto ya se declaraba textualmente
que Cataluña era un “Estado autónomo dentro de la República Española”. El
catalán sería la única lengua oficial y el castellano se podría utilizar sobre
para tratos con el Estado. Se preveía la agregación de nuevos territorios al
Estado Autónomo y, por supuesto, el control sobre la enseñanza y sobre la
cultura… Lo que los nacionalistas no pudieron hacer en 1979 porque la
correlación de fuerzas les era adversa, lo intentaron en el anteproyecto que,
obviamente, sería tumbado por las Cortes de la República en el debate que
siguió.
Los ponentes querían proclamar “legalmente” la creación de
un Estado Autónomo que naciera “legalmente de espaldas” a la legislación constitucional
republicana que definía al Estado Español como “integral” (eufemismo para no
utilizar la palabra “unitario” vinculada a la monarquía). Se añadía, eso sí,
que ese “Estado integral era compatible con la autonomía de los municipios y de
las regiones”. Esa misma constitución prohibía la creación de “federaciones
regionales” como la que proponían los nacionalistas. Así pues, en 1931 ya
estuvo presente la contradicción flagrantes entre un anteproyecto de Estatuto
que la legislación republicana no podía aceptar.
Lo más significativo es que se logró en 1931 un Estatuto
recortado que fue finalmente aprobado el 4 de septiembre de 1932, después de
que se produjera en aquel verano una campaña antinacionalista en toda España y
la propia “sanjurjada” fuera generada a partes iguales por la legislación
anticatólica republicana y por la lectura del texto de Nuria. Éste resultaría
recortado, finalmente (como ocurrió con el “nou Estatut” de Maragall). Entonces
se decía que “solo existía una Nación-Estado como fuente de poder”, ahora se
dijo que “la soberanía nacional reside en el pueblo español”, como principales
argumentos constitucionales contra el independentismo.
De todas formas, el Estatuto de 1932 fue mucho más limitado
que el de 1979. El Estado se reservaba el control de la minería, la explotación
forestal, la agricultura, el agua, la caza, la pesca fluvial, las obras públicas,
la aviación, la radio, la prensa, la seguridad nacional y los seguros. Respecto
a la enseñanza se establecieron dos
redes paralelas de centros públicos: la del Estado (que era la existente hasta
ese momento) y la que la Generalitat podía crear a partir de entonces por
iniciativa propia y bajo su financiación)…
¿POR QUÉ “ESTATUTOS
DE AUTONOMÍA” CUANDO BASTA UNA SIMPLE “DESCENTRALIZACIÓN”?
El Estatuto no solamente había quedado lejos de las
expectativas independentistas iniciales, sino mucho más bajas de lo que luego
establecería el Estatuto de Sau en 1979. ¿Lo más lacerante para los
independentistas? ¡que estos recortes fueron bien acogidos en Cataluña en 1932
y satisfizo ampliamente a la población! Solamente los nacionalistas pedían “más”.
Y los nacionalistas distaban mucho de ser mayoría como demostraron las
elecciones siguientes en las que ERC empezó a perder votos y la Lliga recuperó
su papel hegemónico.
La tranquilidad y aceptación que tuvo aquel Estatuto
recortado y encarrilado por la constitución republicana como una simple “descentralización”
indica que, salvo para los nacionalistas (y para sus aliados ingenuos o
simplemente analfabetos políticos) todo se resolvía creando un poder inmediato
y de proximidad. El problema es que no era eso lo que exigían los nacionalistas
e independentistas que aspiraban, simplemente, a crear un Estado independiente…
y no tenían el valor de confesarlo abiertamente, jugando con las ambigüedades,
las políticas de máximos y fingiendo aceptar normativas que, interiormente,
solamente consideraban como pasos previos para la independencia en cuanto las
condiciones mejorasen… ¿Quién ha hablado de “lealtad” en el nacionalismo?
ALGUNAS CONCLUSIONES
¿Qué puede deducirse de todo esto? Especialmente que bajo el
nombre de “estatuto de autonomía” existen dos concepciones opuestas defendidas
por los “unitaristas” y por los “independentistas” :
- para unos es un texto para la descentralización del
Estado.
- para los otros es el documento constitucional que alumbra
un “nuevo Estado”.
Luego, se demuestra que el “estatuto de autonomía” ha sido
solamente para el nacionalismo independentista (no hay otro nacionalismo, más
que el independentista, el nacionalismo “moderado” que no busca la
independencia de la “nación” no es nacionalismo sino regionalismo) un paso
previo para la independencia y para preparar el camino a la independencia (el
Estatuto de 1933 llevó a la revuelta de 1934 y el de 1979 y el de 2006,
llevaron a la infausta “flamarada” puigdemoniaca.
En tercer lugar que el nacionalismo-independentista es
incapaz (¡y lo ha sido siempre!) de comprender la realidad catalana: NO TODOS
LOS CATALANES SON INDEPENDENTISTAS, NI SIQUIERA TODOS LOS QUE VIVEN EN CATALUÑA
TIENE COMO LENGUA HABITUAL EL CATALÁN, NI TIENEN SU ORIGEN EN CATALUÑA… en
cualquier caso, ellos solamente gobiernan, piensan y actúen en nombre del independentismo,
incluso en sus actuaciones como cargos públicos institucionales (y por tanto
representantes de todo el cuerpo electoral).